12/02/2026 11:24 h.

Accès equitativo a bienes y servicios en situaciones de emergencia

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A la espera de su convalidación definitiva por el Congreso de los Diputados, ha entrado en vigor lo Real decreto ley 4/2026, de 10 de febrero, por el cual se garantiza la accesibilidad equitativa a bienes y servicios en situaciones de emergencia.

La nueva norma busca garantizar que, durante la declaración de estados de emergencia como por ejemplo catástrofes naturales, crisis sanitarias o emergencias energéticas, cabe persona no quede excluida del acceso a bienes básicos (agua, alimentos, energía) o servicios esenciales por motivos de discapacidad, edad avanzada o carencia de recursos tecnológicos.

  • Garantía de suministros básicos
    El Decreto prohíbe el corte de suministros d‟agua, gas y electricidad a consumidores vulnerables mientras dure la situación d‟emergencia. Además, se establecen canales de atención prioritaria para estas personas.
  • Accesibilidad Universal de la Información
    Toda comunicación gubernamental y de servicios públicos sobre la emergencia tiene que ser multiformat:
    • Lectura fácil para personas con discapacidad cognitiva.
    • Lengua de signos y subtitulado en tiempo real.
    • Interfaces digitales simplificadas (evitando la brecha digital).
  • Distribución Equitativa de Bienes
    Si hay racionamiento o escasez de productos (como por ejemplo máscaras, filtros de agua o alimentos), el decreto obliga a:
    • Puntos de recogida accesibles físicamente.
    • Sistemas de entrega a domicilio para personas con movilidad reducida o en aislamiento.
  • Atención a la "Brecha Digital"
    Se establece que los trámites d‟emergencia (solicitud d‟ayudes, moratorias, etc.) no pueden ser exclusivamente telemáticos. Las administraciones tienen que mantener canales presenciales o telefónicos asistidos.

Texto cumplido de la norma (CIDO)