Planes de mejora de la calidad del aire
El artículo 23 de la directiva 2008/50/CE establece que en aquellas zonas donde los niveles de contaminantes en el aire superen cualquier límite o valor objetivo, los estados miembros se asegurarán de elaborar planes de calidad del aire a fin de conseguir respetar estos límites.
A la directiva (UE) 2024/2881 se establecen unos niveles más restrictivos de contaminantes que se tendrán que cumplir en 2030. Cuando se prevean incumplimientos habrá que pedir una prórroga acompañada de un plan de acción donde se establezcan las actuaciones previstas y las fechas de cumplimiento.
Descripción
Consisten en una diagnosis previa de la calidad del aire del municipio y en la redacción de un plan de acción para mejorar y conseguir un aire limpio. En función de las características de la zona de estudio se profundizará más en unos contaminantes o en otros. Los principales contaminantes a considerar son: dióxido de nitrógeno (NO2), partículas (PM10 y PM2,5), benzo(a)pireno (BaP), amoníaco (NH3) y ozono(O3).
Metodología
Hay que crear una comisión técnica de seguimiento formada por personal técnico de la Diputación de Barcelona y de la empresa redactora del plan, y responsables municipales de diferentes áreas (medio ambiente, movilidad o actividades, entre otras).
El trabajo se desarrollará en tres fases:
- Recogida de la información existente.
- Diagnosis de la situación actual.
- Elaboración del plan de acción.
Corresponde en el ayuntamiento aprobar el plan que será la hoja de ruta a seguir para mejorar la calidad del aire municipal y la salud de la ciudadanía.
Duración
Entre seis y quince meses
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Oficina Tècnica d'Avaluació i Gestió Ambiental
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93 402 29 94

