Permisos y trámites
Con motivo del que establecen las leyes 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Diputación de Barcelona estableció el 2 de enero de 2018 como fecha de inicio de la tramitación electrónica de la mayoría de expedientes que se generan a la Corporación.
- Solicitud para la realización de actividades diversas de uso público (actividades de cariz deportivo, cultural, científico, festivo o publicitario)
- Solicitud de informes técnicos (actuaciones de cariz urbanístico, instalaciones técnicas, trabajos forestales, aprovechamientos cinegéticos, red viaria y circulación u otras)
Actividades de uso público que hay que informar al parque
Actividades deportivas, turísticas, educativas y de ocio
- Actividades organizadas con vehículos motorizados
- Actividades a pie, en bicicleta y/o caballo, organizadas por empresas y entidades con o sin ánimo de lucro (grupos excursionistas, ayuntamientos, agrupaciones culturales, etc.)
- Actividades a pie, en bicicleta, con vehículos motorizados y/o caballo organizadas regularmente por empresas de educación ambiental o de actividades de ocio al medio natural y que sean conducidas por monitores. En este caso, se informará anualmente de la oferta de actividades de la empresa y su programación de forma anual.
- Actividades educativas de grupo que no sean a pie organizadas por universidades, escuelas, esparcimientos u otros cursos y que sean conducidas por monitores. En la solicitud de informe se tendrá que adjuntar la programación de la actividad.
- Actividades a pie, en bicicleta o a caballo organizadas por familias o grupos de amigos superiores a 30 personas.
- Encuentros, ferias y fiestas organizadas por empresas y entidades con o sin ánimo de lucro (grupos excursionistas, ayuntamientos, agrupaciones culturales...).
- Otras actividades que requieran de instalación de equipos o la ocupación de un espacio de manera temporal.
Filmaciones y sesiones fotográficas
- Grabaciones y sesiones fotográficas realizadas por productoras profesionales con ánimo o sin ánimo de lucro.
- Grabaciones y sesiones fotográficas realizadas por personas no profesionales, con equipos superiores al de una cámara con trípode.
El uso de drones está prohibido, de forma general, en los espacios de la Red de Parques Naturales de la Diputación de Barcelona. Solo se admitirá, como criterio general, el uso de drones en el supuesto de que se trate de actividades de carácter profesional que tengan como objetivo directo o indirecto la mejora de las medidas de prevención y conservación de los espacios naturales protegidos, o las de carácter científico y/o divulgativo que contribuyan al logro de los objetivos de los planes especiales de protección vigentes, siempre que, por la zona a sobrevolar y por la época del año, no se puedan ocasionar impactos negativos sobre la fauna, la gea o la vegetación. En caso de #autorizar el vuelo, no se podrá llevar a cabo en el periodo de nidificación ni en presencia de aves.
- La actividad se ajustará al horario de la actividad al horario del Parque. El horario de apertura y cierre del parque varía en función de la estación del año puesto que se adapta al grado de luz natural existente para garantizar la seguridad de los usuarios. Hay que recordar que el Parque no dispone de iluminación artificial en los 5km de uso público desde Sant Adrià de Besòs hasta Santa Coloma de Gramenet. Por este motivo, se define una franja horaria de apertura en verano y una en invierno según el siguiente:
- Horario de verano: del 1 de abril hasta el 30 de septiembre de 8:00h a 21:00h.
- Horario de invierno: del 1 de octubre hasta el 31 de marzo de 8:00h a 18:00h
- Se respetará íntegramente la normativa interna del Parque y colaborará con los servicios de control de uso. Los informadores del Parque velan por la gestión correcta de las actividades que se realizan en el espacio; los agradeceremos que, durante el transcurso de los actos tengan en cuenta sus observaciones y las cumplan en todo momento. Por seguridad, solo está permitida la circulación de los vehículos de mantenimiento por el interior del Parque. No obstante, se permite el acceso únicamente por carga y descarga del material propio del acontecimiento. Los vehículos de logística no podrán superar los 20km/h y llevarán las luces de posición y de emergencia activados.
- Los organizadores garantizarán la seguridad de los usuarios del Parque y de los participantes. Para garantizar la seguridad de los usuarios del césped y del vial asfaltado, no se ocupará toda la superficie de de forma que se garantice el paso de los otros usuarios y se minimice el riesgo de accidentes derivados de interferencias. Aun así, hay que recordar que no está permitido el acceso a la lámina de agua ni a las presas y que los coordinadores de la actividad, así como los participantes, tendrán que tomar todas las medidas de seguridad y protección necesarias para realizar la actividad sin riesgos.
- La actividad no afectará la limpieza y el estado del césped y la vegetación arbustiva de la zona. No está autorizado circular, ni estacionar ningún vehículo sobre el césped, ni tampoco clavar piquetas, hacer agujeros y otras actuaciones que puedan malograr la zona de hierba. En el supuesto de que se malogre irreversiblemente algún sector de césped, la organización del acto se hará cargo de los gastos generados por su reposición.
- Por motivos de seguridad se respetará el estado de alerta hidrológica. Las actividades se podrán realizar siempre que las condiciones meteorológicas lo permitan en base a los protocolos previstos al Sistema de Alerta Hidrológica del Besòs (SAHBE), los cuales forman parte del operativo encomendero de seguridad del Parque Fluvial. En cada uno de los accesos hay un panel luminoso que informa del estado del Parque (abierto/cercado) en función de las alertas hidrológicas. Este supuesto sirve también para cualquier elemento que se tenga que instalar como apoyo en las actividades autorizadas. En cualquier caso, estos elementos se montarán y desmontarán a lo largo de la misma jornada en la que se desarrolla la actividad.
- Respecto a los elementos móviles y energía, los organizadores del acto se harán cargo del transporte, montaje y desmontaje de cualquier elemento móvil que sea necesario para la realización de las actividades, en el muy entendido que no se permite ninguna instalación que represente alterar las estructuras del Parque. Cualquier fuente de energía que sea necesaria para la realización del acto será aportada por los organizadores del mismo. Estos elementos tendrán que poder ser retirados con rapidez, en caso necesario, según el mencionado en el apartado 5.
- Hay que disponer de la conveniente señalización, de un servicio de orden propio y los correspondientes seguros.
