Marc normativo, política educativa y ciudad educadora
La acción educativa de los gobiernos locales tiene que tener como objetivo fundamental garantizar el derecho a la educación de la ciudadanía en todas sus dimensiones. Para lograr este objetivo, la construcción del Plan de Ciudad Educadora pivota sobre 2 pilares:
- La aplicación del marco normativo
- El liderazgo en la política educativa local con la mirada de la ciudad educadora
Para orientar esta actuación los ayuntamientos se tienen que basar en primer lugar al desplegar todos los contenidos que determina el marco normativo, y más concretamente, la legislación educativa. Esta normativa incluye un conjunto de competencias que facultan los entes locales para intervenir en la vida educativa de los municipios, pero más allá de los perímetros que delimita este marco normativo, los ayuntamientos han hecho a menudo un paso adelante para dar respuesta a las necesidades educativas cambiantes y a las oportunidades de transformación des la proximidad del territorio. En este sentido, los ayuntamientos pueden asumir el liderazgo en la política educativa local, y hacerlo des con el conocimiento y el bagaje que la mirada holística que aporta el movimiento de la ciudad educadora.
Competencias educativas municipales
Las competencias municipales en educación no están establecidas en un listado cerrado, tienen una dimensión muy amplia que incide desde ámbitos diversos, más allá de las normativas estrictamente educativas. Aquestmarc normativo faculta y habilita los gobiernos locales como agentes educativos. El proceso de construcción de la Ciudad Educadora tiene que permitir explorar todos los ámbitos de actuación que la normativa establece y determinar si la acción educativa del el ayuntamiento alcanza todo el perímetro competencial que delimita esta normativa. Y esto, si es el caso, abre la oportunidad a desplegar nuevas actuaciones competenciales que hasta el momento no se han producido. La acción educativa de los municipios se vincula fundamentalmente con el cuerpo legislativo de referencia -Ley de educación de Cataluña, Estatuto de autonomía, Ley de bases de régimen local- así como en otras normativas generales y sectoriales.
Disponemos de diferentes documentos que despliegan y contextualizan todo este marco normativo:
Marc legislativo de los ayuntamientos en el ámbito educativo. 2023. Eugènia Revilla
Marc normativo municipal en el ámbito educativo. 2022. Eva Izquierdo
La concejalía de educación. Marc legislativo y competencial de los ayuntamientos en el ámbito educativo
Los ayuntamientos actores clave de la ciudad educadora
| Corresponsabilidad Los últimos años, de acuerdo con el principio de subsidiariedad, se ha avanzado hacia la corresponsabilidad entre la Generalitat y el mundo local. De este modo, los ayuntamientos han asumido más protagonismo como administración educativa, una atribución que los confiere la Ley de educación de Cataluña. | Trayectoria y liderazgo La trayectoria recorrida dota de solidez los proyectos educativos de pueblos y ciudades. Estos proyectos, liderados por los ayuntamientos, han contribuido firmemente al despliegue del derecho a la educación, a responder eficazmente a los retos educativos que se plantean, así como a vertebrar espacios de gobernanza, coordinación y trabajo en red entre los agentes educativos del territorio |
| Incumbencias A pesar de que los ayuntamientos no tienen competencia exprés en muchos ámbitos educativos, pero por vocación intervienen, es el que se conoce como “incumbencias”. Esta voluntad se puede amparar en la normativa de la LBRL que a pesar de las limitaciones que introdujo LRSAL permite “promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. | Generación de oportunidades educativas Más allá de las competencias específicas, la aportación de los ayuntamientos ha sido guiada por el propósito de conseguir una mayor equidad a través de la generación de oportunidades educativas a lo largo de la vida. Esto los ha situado en una posición de centralidad en el despliegue del derecho a la educación para todo el mundo. |
Carta de ciudades educadoras: un paraguas para las políticas educativas locales
Los 20 principios de la Carta, organizados en tres ejes, ofrecen un marco coherente para orientar las políticas locales, superar la fragmentación sectorial y afrontar los retos complejos con una mirada integral.
- Derecho en la Ciudad Educadora —define el QUÉ: los derechos que hay que garantizar a toda la ciudadanía como extensión y ampliación del derecho fundamental a la educación, asegurando un acceso real a oportunidades de aprendizaje en todos los tiempos y espacios del territorio.
- Compromís de la ciudad —responde al COMO: como el gobierno local organiza, planifica y gestiona sus recursos e infraestructuras para hacer efectivos estos derechos.
- Servicio integral de las personas —define el PARA QUIEN, identificando los recursos y servicios que acompañan las personas a lo largo de toda la vida.
Os lo explicamos de manera resumida en este documento: La Carta de ciudades educadoras. Diputación de Barcelona 2026
Impulsar la Carta requiere un compromiso político firme que vaya más allá de una sola concejalía y que sitúe la educación en el centro de las políticas públicas. Esta movilización transversal es clave para desplegar todo el potencial. Aun así, no hay que esperar a tenerlo todo plenamente estructurado para empezar: la concejalía de Educación ya dispone de principios que puede activar directamente desde su ámbito competencial y a través de las alianzas que trabaja cotidianamente, como el consejo de educación municipal, otras concejalías o el tejido asociativo del territorio.
Información de interés:
Competencias educativas municipales
Las competencias municipales en educación no están establecidas en un listado cerrado, tienen una dimensión muy amplia que incide desde ámbitos diversos, más allá de las normativas estrictamente educativas. Aquestmarc normativo faculta y habilita los gobiernos locales como agentes educativos. El proceso de construcción de la Ciudad Educadora tiene que permitir explorar todos los ámbitos de actuación que la normativa establece y determinar si la acción educativa del el ayuntamiento alcanza todo el perímetro competencial que delimita esta normativa. Y esto, si es el caso, abre la oportunidad a desplegar nuevas actuaciones competenciales que hasta el momento no se han producido. La acción educativa de los municipios se vincula fundamentalmente con el cuerpo legislativo de referencia -Ley de educación de Cataluña, Estatuto de autonomía, Ley de bases de régimen local- así como en otras normativas generales y sectoriales.
Disponemos de diferentes documentos que despliegan y contextualizan todo este marco normativo:
Marc legislativo de los ayuntamientos en el ámbito educativo. 2023. Eugènia Revilla
Marc normativo municipal en el ámbito educativo. 2022. Eva Izquierdo
La concejalía de educación. Marc legislativo y competencial de los ayuntamientos en el ámbito educativo
Los ayuntamientos actores clave de la ciudad educadora
| Corresponsabilidad Los últimos años, de acuerdo con el principio de subsidiariedad, se ha avanzado hacia la corresponsabilidad entre la Generalitat y el mundo local. De este modo, los ayuntamientos han asumido más protagonismo como administración educativa, una atribución que los confiere la Ley de educación de Cataluña. | Trayectoria y liderazgo La trayectoria recorrida dota de solidez los proyectos educativos de pueblos y ciudades. Estos proyectos, liderados por los ayuntamientos, han contribuido firmemente al despliegue del derecho a la educación, a responder eficazmente a los retos educativos que se plantean, así como a vertebrar espacios de gobernanza, coordinación y trabajo en red entre los agentes educativos del territorio |
| Incumbencias A pesar de que los ayuntamientos no tienen competencia exprés en muchos ámbitos educativos, pero por vocación intervienen, es el que se conoce como “incumbencias”. Esta voluntad se puede amparar en la normativa de la LBRL que a pesar de las limitaciones que introdujo LRSAL permite “promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. | Generación de oportunidades educativas Más allá de las competencias específicas, la aportación de los ayuntamientos ha sido guiada por el propósito de conseguir una mayor equidad a través de la generación de oportunidades educativas a lo largo de la vida. Esto los ha situado en una posición de centralidad en el despliegue del derecho a la educación para todo el mundo. |
Carta de ciudades educadoras: un paraguas para las políticas educativas locales
Los 20 principios de la Carta, organizados en tres ejes, ofrecen un marco coherente para orientar las políticas locales, superar la fragmentación sectorial y afrontar los retos complejos con una mirada integral.
- Derecho en la Ciudad Educadora —define el QUÉ: los derechos que hay que garantizar a toda la ciudadanía como extensión y ampliación del derecho fundamental a la educación, asegurando un acceso real a oportunidades de aprendizaje en todos los tiempos y espacios del territorio.
- Compromís de la ciudad —responde al COMO: como el gobierno local organiza, planifica y gestiona sus recursos e infraestructuras para hacer efectivos estos derechos.
- Servicio integral de las personas —define el PARA QUIEN, identificando los recursos y servicios que acompañan las personas a lo largo de toda la vida.
Os lo explicamos de manera resumida en este documento: La Carta de ciudades educadoras. Diputación de Barcelona 2026
Impulsar la Carta requiere un compromiso político firme que vaya más allá de una sola concejalía y que sitúe la educación en el centro de las políticas públicas. Esta movilización transversal es clave para desplegar todo el potencial. Aun así, no hay que esperar a tenerlo todo plenamente estructurado para empezar: la concejalía de Educación ya dispone de principios que puede activar directamente desde su ámbito competencial y a través de las alianzas que trabaja cotidianamente, como el consejo de educación municipal, otras concejalías o el tejido asociativo del territorio.
Información de interés:

