Subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro para el año 2020

Ámbito de Bienestar Social, ámbito de Igualdad y Ciudadanía y ámbito del Respiro y Servicios complementarios a la tutela.

Estado

  • Solicitud
  • Concesión
  • Justificación
  • Finalizado

Justificación

El plazo de justificación se ha iniciado el 11 de enero de 2021 y finaliza el 3 de marzo de 2021

La tramitación de la justificación se tiene que hacer electrónicamente siguiendo la siguiente ruta:

  1. Sienta electrónica de la Diputación de Barcelona.
  2. Trámites y servicios ciudadanía.
  3. Subvenciones.
  4. Bienestar Social e igualdad y Ciudadanía.
  5. Justificación de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de las gerencias de Bienestar Social y de Igualdad y Ciudadanía del Área de Cohesión Social, Ciudadanía y Bienestar de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin finalidad de lucro para el 2020.
  6. Enmienda de errores u omisiones en la justificación de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de las gerencias de Bienestar Social y de Igualdad y Ciudadanía del Área de Cohesión Social, Ciudadanía y Bienestar de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin finalidad de lucro para el 2020.

  7. Llenáis el formulario electrónico de Justificación y adjuntáis la documentación necesaria.
Por saber los navegadores que se pueden utilizar, las firmas electrónicas válidas así como otros requisitos tecnológicos podéis consultar el siguiente enlace. También encontraréis un teléfono de contacto en caso de dudas técnicas: https://seuelectronica.diba.cat/requisitstecnologics.asp

 

Guía

Os presentamos una guía de ayuda para facilitar el proceso de justificación:

Guía para la tramitación de los documentos justificativos para subvenciones 2020

Formulario

Justificación voluntaria

El plazo de presentación de la justificación voluntaria ha finalizado

Se establece un periodo de justificación voluntaria hasta el 16 de noviembre de 2020, por aquellos supuestos en que lo proyecte/actividad, objeto de la subvención, esté totalmente ejecutado antes de la finalización del periodo de ejecución (31 de diciembre de 2020).

Formulario

La tramitación de la justificación se tiene que hacer electrónicamente siguiendo la siguiente ruta:

  1. Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.
  2. Trámites y servicios ciudadanía.
  3. Subvenciones.
  4. Bienestar Social e igualdad y Ciudadanía.
  5. “Justificación voluntaria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de las gerencias de Bienestar Social y de Igualdad y Ciudadanía del Área de Cohesión Social, Ciudadanía y Bienestar de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin finalidad de lucro para el 2020”.
  6. Llenáis el formulario electrónico de Justificación y adjuntáis la documentación necesaria.
Por saber los navegadores que se pueden utilizar, las firmas electrónicas válidas así como otros requisitos tecnológicos podéis consultar el siguiente enlace. También encontraréis un teléfono de contacto en caso de dudas técnicas: https://seuelectronica.diba.cat/requisitstecnologics.asp

En caso de PROBLEMAS INFORMÁTICOS con la solicitud electrónica podáis:

  • Trucar al Apoyo informático por tramitación electrónica: Tel. 900 101 934.

  • La solicitud también podrá #presentar en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas. En este último supuesto, el interesado tendrá que notificar a la Gerencia de Bienestar Social, mediante correo electrónico dirigido a Gs.benestars@diba.cat y a registre.general@diba.cat, la remisión efectuada el mismo día de su presentación o, en todo caso, antes de la finalización del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes. En ambos casos, se tiene que adjuntar la copia del recibo de presentación.

Concesión

En Junta de Gobierno de la Diputación de Barcelona celebrada en 30 de julio de 2020, se ha aprobado la concesión de subvenciones en el marco de la convocatoria por el otorgamiento de subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro de las Gerencias de Bienestar Social e igualdad y Ciudadanía del Área de Cohesión Social, Ciudadanía y Bienestar.

Podéis consultar los resultados al #BOPV.

 

Solicitud

La tramitación de la solicitud se tiene que hacer electrónicamente siguiendo la siguiente ruta:

  1. Sienta electrónica de la Diputación de Barcelona.
  2. Trámites y servicios ciudadanía.
  3. Subvenciones.
  4. Bienestar Social e igualdad y Ciudadanía.
  5. Bienestar Social e igualdad y Ciudadanía. Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a favor de entidades sin finalidad de lucro, año 2020.
  6. Llenáis todos los campos del formulario electrónico de solicitud y adjuntáis los siguientes documentos:

Por saber los navegadores que se pueden utilizar, las firmas electrónicas válidas así como otros requisitos tecnológicos podéis consultar el siguiente enlace. También encontraréis un telefon de contacto en caso de dudas técnicas: https://seuelectronica.diba.cat/requisitstecnologics.asp

 

Por el RESTO de consultas sobre la solicitud de subvenciones:

 

Convocatoria y bases

En Junta de Gobierno de la Diputación de Barcelona celebrada al 30 de enero de 2020, se ha aprobado la convocatoria por el otorgamiento de subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro de las Gerencias de Bienestar Social e igualdad y Ciudadanía del Área de Cohesión Social, Ciudadanía y Bienestar.

El plazo de presentación de las solicitudes está cerrado.