11/02/2026 09:57 h.
Refacturació por fraude eléctrico

Oriol Contreras (#OMIC Vilassar de Mar)
Oriol Contreras, responsable de la #OMIC de Vilassar de Mar, comparte sus reflexiones en relación al incremento de reclamaciones por los llamados “expedientes de recuperación de energía eléctrica”, procedimientos iniciados por las distribuidoras para facturar consumos no registrados, causados por manipulación del contador, averías o fraudes.
Seguro que conocéis la frase: “es mejor que debe culpables escapen a que un sol inocente sufra”. Es la máxima de Blackstone, un principio clásico del derecho. Este principio inspira conceptos como la presunción de inocencia, la carga de la prueba de quien acusa y que, ante una duda razonable, se tiene que absolver.
Pues bien, últimamente, desde hace un año aproximadamente, E-Distribucion está haciendo todo el contrario con los abonados que considera que han cometido fraude eléctrico que, dicho sea de , es un delito incluido en el Código Penal con penas de multa de 3 a 12 meses.
E-Distribucion no respeta la presunción de inocencia. Presume todo el contrario desde el momento que detecta un sobreconsum en un punto de suministro. No respeta el procedimiento. No avisa ninguna autoridad administrativa o pública, no admite testigos (solo el técnico contratado por la propia compañía), reclama un año atrás (es el que le permite la ley) sin saber si realmente lo sobreconsum ha estado de un año o menos. Y lo reclama desde la fecha que ha hecho la inspección, sin criterio temporal ni de ninguno otro tipo.
E-Distribucion no respeta el principio de la carga de la prueba. Se limita a hacer unas fotografías que muchas veces pueden ser otros contadores. Muchas veces cambian el contador y no sabemos donde es el anterior. Modifican la instalación con la excusa que hay que volverla a la normalidad. El informe de la inspección llega -no siempre lo hace- al consumidor más de seis meses después de #haber realizado. En definitiva, el desamparo es total y absoluto.
Finalmente, E-Distribucion lleva a cabo un cálculo tanto mal hecho como desproporcionado e inverosímil. Sí es cierto que años atrás, cuando veíamos estos informes (muy puntualmente), se llevaban a cabo unos cálculos conforme al tanto famoso artículo 87 del RD 1955/2000; ahora mismo, la distribuidora no respeta ni tanto solo la ley. A la #OMIC de Vilassar de Mar hemos recibido reclamaciones de hasta 12.000 euros por un año de consumo de un domicilio familiar.
Se por eso que desde la #OMIC de Vilassar de Mar hace tiempo que nos hemos sensibilizado mucho con este tema. Hemos pedido a la Agencia Catalana de Consumo que tome medidas puesto que lo gestiona con la Dirección General de Energía. De hecho, ya hace más de un año que se han tramitado reclamaciones al Servicio de Calidad de Suministro Eléctrico de la Generalitat y no se ha resuelto ninguno de ellas. Estamos ante una problemática acentuada por la carencia de posición de la autoridad competente. Y, cuando resuelva, quizás será demasiado tarde. De nuevo, las personas consumidoras pierden. Inocentes que sufren.
Oriol Contreras de Lequerica
#OMIC de Vilassar de Mar




